Fuente: as.com
Imagen: Ministerio del Interior
Pongámonos en situación: Tenemos que desplazarnos a otra localidad y nos montamos en nuestro vehículo (da igual si es una moto o un coche) para comenzar el viaje. Durante el trayecto hay otros conductores que nos adelantan y nos encontramos con otros vehículos a los que nosotros adelantamos o rebasamos. Hasta aquí todo normal, ¿verdad?.
Sin embargo, más adelante vemos un nuevo vehículo al que nos vamos aproximando por ir más rápido que ellos. Al acercarnos nos damos cuenta que es un vehículo de la Policía Nacional o de la Guardia Civil de Tráfico (quienes a priori tienen la potestad de sancionar en carretera). Ha llegado el momento en el que nos entran los nervios y nos asalta la siguiente duda: "¿lo puedo adelantar sin miedo a ser multado?".
Bien, la respuesta es clara y sin dudas. "SÍ". Aunque símplemente hay que matizar un par de circunstancias que debemos tener en cuenta para poder hacerlo:
- Respetar las normas.
La realidad es que, siempre que respetes el Reglamento General de Circulación y lleves a cabo el adelantamiento siguiendo todas las normas y limitaciones de la carretera por la que circulas, puedes adelantar a un coche de la Guardia Civil o de la Policía sin ningún problema. No hay ninguna ley o normativa que lo impida explícitamente.
Por normas entendemos todo lo referente a los límites de velocidad, distancias de seguridad, señalización de maniobras con intermitencias o la alteración en la conducción del resto de conductores.
- Estado del vehículo de la autoridad.
Evidentemente si el vehículo de la Policía Nacional o de la Guardia Civil está circulando en situación de emergencia, nuestra obligación es facilitarles la circulación lo más posible, ya sea apartándonos a la derecha o izquierda de la vía según nos encontremos o pararnos si así nos lo solicitan o es necesario. Parece obvio que adelantar a un vehículo de la autoridad cuando está en emergencia no parece la mejor manera de facilitarles la circulación.