Fuente: El País
Imagen de Diego Fabian Parra Pabon en Pixabay
El hecho de estar confinados en casa como la mejor manera de combatir al dichoso coronavirus, implica que el coche que tanto usamos a diario para nuestra vida cotidiana, quede por jornadas completas parado en el garaje.
La mayoría de nosotros tememos el momento en que volvamos a accionar la llave del contacto de nuestro coche, esperando que todo siga donde lo dejamos, y no ocurra lo deseado. El coche puede no arrancar, puede que la batería no tenga carga, etc.
Sin embargo, hay gente que sigue conduciendo por trabajo o por circunstancias personales y a todos les pueden aparecer dudas sobre qué está permitido y qué no en está permitido durante este estado de alarma.
A continuación, te aclaramos algunos aspectos que puede te hagan dudar sobre el uso de tu coche en estos momentos:
Pincha sobre cada bulo para conocer algo más sobre su realidad.
¿Para qué puedo usar mi vehículo actualmente?
Podrás usar el coche para ir a comprar alimentos, medicamentos, al banco, al hospital, a la gasolinera, al trabajo, volver a casa o a asistir a personas mayores o discapacitadas.
¿Quiénes pueden ir en el coche?
Por regla general deberá ir una única persona en el coche, salvo que vayas con una persona discapacitada, menores, mayores o con cualquier persona siempre que la causa sea realmente justificada (familia volviendo a su residencia habitual por ejemplo).
¿De qué cuantías son las multas?
Las multas por incumplir los puntos anteriores está entre 300 y 1.000€, sin llevar asociada la retirada de puntos, puesto que no es una infracción de tráfico.
¿Puedo llevar el coche al taller?
No está considerado como causa de fuerza mayor, aunque hay voces que lo solicitan al haber trabajadores que siguen con sus labores profesionales y requieren estos servicios relacionados con sus vehículos de trabajo.
¿Qué pasa con la ITV?
El Gobierno no las ha regulado con la entrada del estado de alarma, por lo que las Comunidades Autónomas tienen que hacerlo. En caso de Extremadura, permanecerán cerradas mientras dure esta situación, reasignándose posteriormente las citas existentes.
¿Y si me caduca la ITV?
Quedan suspendidos los plazos de caducidad de la ITV, por lo que no podrán sancionarle si la ITV le caduca en estos días, al igual que si tiene un accidente, la aseguradora tampoco lo alegará como motivo para no cubrirle.
¿Me cubre el seguro en caso de accidente?
Es conveniente consultar con su seguro en caso de un desplazamiento de larga distancia, ya que algunos han establecido limitaciones de distancia sobre el domicilio habitual del asegurado.
No se podrá viajar con el gruísta por la limitación de una persona por vehículo y el taxi a pedir deberá de cubrirlo la aseguradora.
¿Puedo ir a echar gasolina?
Es uno de los desplazamientos permitidos por el Real Decreto, ya que se considera un suministro de un servicio esencial. Podría llegar a sufrir restricciones en su repostaje o consumo en caso de haber falta de abastecimiento.
¿Y si me caduca el carnet de conducir?
Al igual que en la ITV, ningún conductor será multado si viaja con el carnet caducado, siempre que se haya caducado durante este estado de alarma, no antes. Otros trámites con la DGT que puedan hacerse de forma no presencial, podrán realizarse telemáticamente.
¿Y si necesito o me quiero comprar un coche?
Todos los concesionarios estarán cerrados, por lo que no podrá realizar la compra en estos días. Lo que sí podrá hacer es consultar modelos y característica online, como en nuestra web de AUTOS76 donde puede además consultarnos vía email cualquier duda.
1- ¿Para qué puedo usar mi vehículo actualmente?
Podrás usar el coche para ir a comprar alimentos, medicamentos, al banco, al hospital, a la gasolinera, al trabajo, volver a casa o a asistir a personas mayores o discapacitadas.
2- ¿Quiénes pueden ir en el coche?
Por regla general deberá ir una única persona en el coche, salvo que vayas con una persona discapacitada, menores, mayores o con cualquier persona siempre que la causa sea realmente justificada (familia volviendo a su residencia habitual por ejemplo).
3- ¿De qué cuantías son las multas?
Las multas por incumplir los puntos anteriores está entre 300 y 1.000€, sin llevar asociada la retirada de puntos, puesto que no es una infracción de tráfico.
4- ¿Puedo llevar el coche al taller?
No está considerado como causa de fuerza mayor, aunque hay voces que lo solicitan al haber trabajadores que siguen con sus labores profesionales y requieren estos servicios relacionados con sus vehículos de trabajo.
5- ¿Qué pasa con la ITV?
El Gobierno no las ha regulado con la entrada del estado de alarma, por lo que las Comunidades Autónomas tienen que hacerlo. En caso de Extremadura, permanecerán cerradas mientras dure esta situación, reasignándose posteriormente las citas existentes.
6- ¿Y si me caduca la ITV?
Quedan suspendidos los plazos de caducidad de la ITV, por lo que no podrán sancionarle si la ITV le caduca en estos días, al igual que si tiene un accidente, la aseguradora tampoco lo alegará como motivo para no cubrirle.
7- ¿Me cubre el seguro en caso de accidente?
Es conveniente consultar con su seguro en caso de un desplazamiento de larga distancia, ya que algunos han establecido limitaciones de distancia sobre el domicilio habitual del asegurado.
No se podrá viajar con el gruísta por la limitación de una persona por vehículo y el taxi a pedir deberá de cubrirlo la aseguradora.
8- ¿Puedo ir a echar gasolina?
Es uno de los desplazamientos permitidos por el Real Decreto, ya que se considera un suministro de un servicio esencial. Podría llegar a sufrir restricciones en su repostaje o consumo en caso de haber falta de abastecimiento.
9- ¿Y si me caduca el carnet de conducir?
Al igual que en la ITV, ningún conductor será multado si viaja con el carnet caducado, siempre que se haya caducado durante este estado de alarma, no antes. Otros trámites con la DGT que puedan hacerse de forma no presencial, podrán realizarse telemáticamente.
10- ¿Y si necesito o me quiero comprar un coche?
Todos los concesionarios estarán cerrados, por lo que no podrá realizar la compra en estos días. Lo que sí podrá hacer es consultar modelos y característica online, como en nuestra web de AUTOS76 donde puede además consultarnos vía email cualquier duda.
Fuente: Marca.com (Abril 2020)